La coruñesa que en septiembre del año pasado se sentó en el banquillo de los acusados por negarse repetidas veces a entregar a su hijo al padre de este los fines de semana que le correspondía fue condenada por el titular del Juzgado de lo Penal número 4 a siete meses de prisión. Pero no recibió una pena tan elevada solo por eso. El juez tuvo en cuenta, sobre todo, las artimañas que la procesada era capaz de llegar a hacer para evitar que el menor se fuera con su otro progenitor. En la sentencia, el tribunal explica que condena a la mujer por querer destruir la relación entre padre e hijo, negándose a que entre ambos hubiese un vínculo como sería normal que tuviesen.
A pesar de que los desencuentros entre la imputada y su ex marido venían de lejos, desde el momento del divorcio, el hombre tardó en denunciar. Lo hizo a través de su abogada, Cristina Martínez Fernández, quien asumió la acusación particular, exigiendo que se condenase a la mujer a dos años de cárcel. Pretendían las acusaciones que el juez la condenase también por sustracción de menores, pero este no apreció delito, dejándolo únicamente en uno de desobediencia.
Nada más producirse la ruptura matrimonial, la procesada incumplió el régimen de visitas que impuso el juzgado de familia, que como medidas provisionales ordenaba a la madre entregar al hijo de ambos dos domingos al mes durante dos horas, de cinco a siete de la tarde. Ni eso. Los incumplimientos, según afirma el fiscal, fueron el pan nuestro de cada día. Ni siquiera hacía caso a los continuos requerimientos judiciales que le fueron enviando a lo largo de estos últimos años.
El juzgado de familia, a pesar de la situación, fue ampliando con el tiempo el régimen de visitas. De dos horas cada 14 días a siete; y así en adelante. Pero nada. Todo seguía igual. La mujer continuaba quedándose en casa cuando estaba obligada a llevar al menor a un punto de encuentro en A Coruña. El juez decretó incluso que fuesen los psicólogos quienes actuasen como intermediarios entre padre y madre a la hora de que el menor pase del cuidado de uno a otro sin que los padres tengan que verse la cara.
La madre siempre «hizo caso omiso de la obligación que tiene de fomentar el contacto entre padre e hijo, manteniendo una actitud obstructiva y reticente al cumplimiento de las resoluciones judiciales, negándose continuamente a dejar al menor en compañía de los profesionales del punto de encuentro para que estos le entregasen el niño al padre», reza la sentencia. Añade que la procesada llegaba incluso a «alentar los gritos y llantos en el niño con la finalidad de preconstituir así la excusa para no realizar la entrega», diciendo que era el menor el que no quería ir con el padre.