27 mayo 2008

La nueva tarifa nocturna


La Unión de Consumidores de España - UCE ha exigido hoy en rueda de prensa al Ministerio de Industria la retirada inmediata del Real Decreto 1634/06 que introdujo cambios sustanciales en las tarifas eléctricas y perjudica directamente a 1.100.000 familias usuarias de tarifa nocturna que tendrán que pagar entre un 25 y un 80% más caro su consumo eléctrico.
La Unión de Consumidores entiende además que este Real Decreto resulta inconstitucional.
Las previsiones contenidas en los Reales Decretos 1634/2006, de 29 de Diciembre y 871/2007 de 29 de Junio, sobre la desaparición de la tarifa nocturna comportan un efecto de retroactividad, en la medida en que, aun cuando únicamente despliegan efectos a futuro, el substrato fáctico sobre el que van a ser aplicadas lo constituyen situaciones o relaciones jurídicas nacidas con anterioridad a las normas, tal y como sucede con los contratos que tienen suscritos los consumidores con sus respectivas compañías eléctricas acogiéndose a la tarifa nocturna.
Además, se vulnera el principio de seguridad jurídica consagrado por el articulo 9.3. de la Constitución.
La Unión de Consumidores considera que la vulneración de los principios de confianza legitima y seguridad jurídica, comporta no sólo la anulación del decreto de Industria, sino también la declaración de responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado, por las consecuencias económicas derivadas de la eliminación de la tarifa nocturna a más de 1.100.000 familias españolas.
Por estos motivos, la Unión de Consumidores presentó una solicitud de amparo ante el Defensor del Pueblo que esta institución acaba de admitir a trámite. La Unión de Consumidores pedirá además una reunión urgente con el Ministro de Industria para abordar la anulación este Real Decreto. Desconocimiento generalizado.
En la actualidad, la mayoría los usuarios de tarifa nocturna desconocen una realidad que empezarán a vivir cuando les lleguen las primeras facturas en la próxima temporada de calefacción, allá por octubre / noviembre del presente año, motivada por la modificación unilateral de las condiciones en las que habían contratado dicha tarifa.Condiciones actuales de la Tarifa Nocturna:§ La potencia contratada es la correspondiente a las horas diurnas. § De 23h a 7 de la mañana, cuando funcionan los sistemas de acumulación y se requiere más potencia, pueden disponer de la máxima potencia admisible por la instalación sin sobrecoste alguno. § Existe un descuento del 55% en la energía eléctrica consumida entre las 23 horas y la siete de la mañana del día siguiente, junto un con ligero recargo de aproximadamente el 3% para la energía consumida el resto del día.
Los cambios que impone el Decreto:En contraposición con las anteriores condiciones, las nuevas tarifas presentan serios problemas para los actuales usuarios de Tarifa Nocturna.§ El primero es su desaparición a partir de 1/7/2008. Con el régimen de discriminación horaria se amplia el número de horas valle, que pasan de 8 a 14, y se reduce el número de horas punta, que pasan de 16 a 10.§ Otro es la obligación de contratar la máxima potencia demandada, ya sea en valle o en punta.§ El desmedido incremento del diferencial del precio del kWh en “punta” frente al de la tarifa general, un 35% frente al 3% anterior.
De momento, y ante el clamor popular, sobre todo en comunidades autónomas como Galicia, el Ministerio de Industria ha revocado la obligatoriedad del pago de los derechos de acometida y/o extensión (RD 222/2008 de 15 de febrero) que evita el pago de unos 140€ por usuario y año. Pero esta medida no deja de ser un “parche” que olvida dar solución a los verdaderos problemas de fondo: § La obligación de contratar la máxima potencia demandada. § El incremento del 3% al 35% del diferencial entre el precio del kWh consumido en punta y el de la tarifa general (a pesar del aumento del horario valle)
El verdadero problema reside en la obligación de contratar la máxima potencia contratada. Esta es una cuestión lesiva tanto para los usuarios de Tarifa Nocturna, como para los que deban contratar la TDH, ya que sólo utilizarán la máxima potencia durante los meses de calefacción, y en la franja horaria valle:5 meses/año x 30 días/mes x 14 horas/día = 2.100 horas/año.Sin embargo, el año tiene 8.640 horas, es decir, que el usuario de acumuladores con Tarifa Discriminación Horaria sólo utilizará la máxima potencia el 24% de las horas anuales, pero pagará como si la utilizase todo el año ¿por qué?
Parece como si la Administración hubiese llegado a la sorprendente conclusión de que quien contrata Tarifa Discriminación Horaria únicamente habita su vivienda de diez de la noche a doce de la mañana del día siguiente.Dicho más directamente, se ha olvidado de que muchos usuarios de TDH (enfermos, niños, ancianos, jubilados, parados…) “viven en su domicilio” en las horas centrales del día, gravando, de forma desproporcionada, sus consumos en dichos periodos.
Esto se desprende del informe conjunto elaborado por las Direcciones de Energía Eléctrica y de Regulación y Competencia con fecha 10 de Abril de 2008, en el que se afirma que “el efecto conjunto de la actualización de la potencia contratada de los usuarios acogidos a la tarifa 2.0N y la supresión de dicha tarifa a partir del 1 de Julio de 2008 se estima en un aumento de la facturación media del 22% para usuarios cuya potencia actualizada resulte inferior a 15 kW y un aumento del 77% para cuya potencia actualizada resulte superior a 15 KW.
Lo razonable, y posible con los nuevos contadores, es la existencia de dos precios para la potencia según se utilice en punta o valle.La obligación de contratar la máxima potencia demandada hace necesario que, además de la reconsideración de esta exigencia por parte de la Administración, se adopten medidas para reducirla Pero también aquí se ha puesto de manifiesto la falta de voluntad de Administración y Empresas Eléctricas para informar al usuario sobre las citadas medidas, a pesar de las reiteradas peticiones.
¿Qué puede hacer el usuario?Para evitar el impacto económico por contratar la máxima potencia demandada, es necesario adoptar medidas, antes de pasar a Tarifa Discriminación Horaria, para reducir aquella y su coste, al mínimo.
La primera medida es que el usuario, antes de actuar sobre su instalación, consulte con un instalador autorizado, quien le informará sobre la solución adecuada para reducir al máximo el incremento de potencia a contratar y el coste de la modificación.No se puede generalizar, y mucho menos prejuzgar la solución adecuada para cada caso, aunque básicamente existen dos.
1. Una sustituir las resistencias de los acumuladores por otras de menor potencia.
2. Adaptar la instalación eléctrica disponiendo dos circuitos y conectar, a cada uno de ellos, la mitad de los acumuladores, programando cada circuito para que funcione, uno tras otro, siete horas durante el “valle” de la TDH.
Cualquiera de las dos soluciones es válida. La adecuada para cada caso debe tomarse una vez inspeccionada la instalación por un instalador autorizado.
Sin embargo, ni la Administración ni las Empresas Eléctricas, han informado sobre esta cuestión fundamental para evitar que se dispare, aun más, el coste mensual de sus recibos ¿por qué?
La Administración debería conceder una moratoria para que los actuales usuarios de Tarifa Nocturna puedan adaptar sus instalaciones antes de contratar la TDH, e incluso facilitarles ayudas para limitar el impacto. Hay que recordar que los usuarios de tarifa nocturna lo son en respuesta a la llamada realizada por la propia administración solicitando su contribución para mejorar la curva de carga eléctrica. Parece evidente el silencio informativo de las empresas eléctricas sobre este tema que les representa un ingreso adicional, sin ninguna contraprestación para los usuarios, pues no varía el servicio.Puede acceder al escrito de reclamación en la zona de descargas de esta web y remitirlo al Ministerio de Industria.



De lo que se deduce que están tratando de engañarnos y de llevarnos al huerto, aprovechándose de la ignorancia general acerca del cambio de Tarifa Nocturnoa a la nueva de Discriminación horaria.
RECOMENDACION: No hacer nada por el momento. Se puede aguantar perfectamente durante el verano y esperar "a verlas venir". Porque, mientras tanto, los instaladores están haciendo su Agosto, modificando instalaciones.
Aún no está dicha la última palabra. Esperemos a ver las barbas del vecino pelar....

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